Procuradores de los tribunales.Conclusiones extraídas de la Memoria 2010 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Las instalaciones de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid son deficientes en su gran mayoría. Anticuadas y dispersas entre sí.
Getafe, Alcalá de Henares y Torrejón de Ardoz. Se han de incrementar los esfuerzos por reducir la dispersión de las instalaciones.
Si bien debido al aparcamiento del proyecto del Campus de la Justicia en Valdebebas, la dispersión no se va a eliminar, el número de sedes se van a limitar debido a su concentración.
Audiencias Provinciales: “Estado d...Leer artículo completo
Procuradores de los tribunales. El pasado 25 de marzo apareció publicada en el BOEla Ley 4/2011, de 24 de marzo, de
modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para facilitar la
aplicación en España de los procesos monitorio y de escasa cuantía, que introduce las
siguientes modificaciones:Leer artículo completo
Procuradores de los tribunales.
Apariencia de buen derecho o “fumus boni iuris”: tengo que justificar en el escrito, al menos inicialmente, que tengo algo de razón. No se admite si el que la solicita no insta que tenga derecho a la misma. No significa que luego tenga que ganar el pleito principal.
Periculum in mora o peligro en la demora: es el peligro por la tardanza o el retraso. No hay periculum in mora cuando se producen situaciones de hecho consentidas.Leer artículo completo
Procuradores de los Tribunales. - Deber de asesoramiento.
El procurador ofrecerá al cliente sus conocimientos y su experiencia, la dedi-cación necesaria para el estudio y buena realización de los trabajos que se le encarguen, así como las indicaciones y consejos que puedan ser necesarios para la mejor realización de los mismos.Leer artículo completo
Procuradores de los Tribunales. La documentación recibida del cliente estará siempre a su disposición, no pudiendo en ningún caso retenerla, menos aún bajo pretexto de tener pendiente cobro de cantidad alguna por derechos o suplidos. No obstante, podrá conservar copias de la misma. El procurador que cese en la representación está obligado a entregar al cliente la documentación que obre en su poder.Leer artículo completo
Procuradores de los tribunales. El procurador tendrá plena libertad para aceptar o rechazar la representación procesal en un asunto determinado, sin necesidad de justificar su decisión. También podrá renunciar libremente a la representación aceptada en cual-quier fase del procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en las leyes procesales. Dicha libertad se entiende sin perjuicio de la obligación de cum-plir las designaciones colegiales para la prestación de los servicios de repre-sentación gratuita y turno de oficio, de acuerdo con lo dispuesto en las leyes reguladoras de los servicios, en los estatutos y en ...Leer artículo completo
Procuradores de los tribunales. El procurador podrá realizar comunicaciones comerciales, por cualquier medio y bajo cualquier forma, dentro de los límites y condiciones generales impuestos por la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, y la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal y los especiales siguientes:Leer artículo completo